El renting tiene muchas ventajas prácticas ,como el tener el mantenimientos incluido , el seguro y saber la cuota fija que vas a pagar ,salvo que te pases de los kilómetros firmados por contrato..pero  ¿ qué pasa con su fiscalidad?..en ambos casos autónomo y empresa es un gasto deducible, en IRPF y SOCIEDADES  en cada caso…pero  hay una condición muy importante y es que sea capaz de demostrar que su uso está plenamente vinculado a la empresa, lo cual es mucho más fácil de demostrar en una empresa que un autónomo que de por si, tiene más difícil demostrar y justificar sus gastos en renta .

Y en cuanto  al IVA, ocurre lo mismo ,es deducible el 100% de la cuota siempre y cuando se pueda justificar una absoluta vinculación del vehículo al trabajo …sino tendrías que deducirte el 50%

Donde no es en mi opinión una gran opción es si eres un particular, ya que nunca dejarás de pagar una letra de coche en tu tesorería pero  siempre estarás estrenando coche…prácticamente..

¿En que le podemos ayudar?